Guayaquil, (Andes).- El gobierno de Ecuador fijará mensualmente los precios de los precios de combustibles focalizado hacia las grandes industrias, luego de que expidió este jueves un decreto ejecutivo que reforma el reglamento para la regulación de los precios de los derivados de hidrocarburos, vigente desde agosto de 2005.
Con esta medida, se aspira a ahorrar unos 300 millones de dólares anuales, indicó el mandatario este viernes durante una entrevista en la fronteriza ciudad de Tulcán (norte andino), donde mantiene una reunión de gabinete para revisar las medidas para compensar la difícil situación económica que se vive en esta zona, derivada de la devaluación de la moneda colombiana y la apreciación del dólar, moneda oficial de Ecuador.
“Hemos hecho un trabajo de varias semanas revisando todos los decretos con todos los subsidios. Todos aquellos que salen hablando que quitemos los subsidios como las cámaras empresariales y de industriales lo que no han dicho es que ellos también reciben subsidios. Por ello, hemos hecho una revisión y ahora sí vamos a retirar los subsidios pero a los más ricos y no a los pobres, con eso vamos a ahorrar más de 300 millones de dólares anuales acogiendo sus propias sugerencias”, expresó el jefe de Estado al explicar que el decreto solo contempla la fijación mensual de precios de combustibles a ciertos sectores industriales, navieras, grandes compañías aéreas y no a las cuantías domésticas.
En efecto, uno de los considerando del decreto 799 señala: “que públicamente varios representantes de organizaciones civiles del sector económico, como la Cámara de Comercio de Quito y el Comité Empresarial Ecuatoriano, han manifestado la conveniencia de suprimir los subsidios o, al menos de focalizaros, de manera que se beneficie a los sectores más necesitados.”
El documento oficial señala que “El precio de venta en terminal para los productos GLP (gas licuado de petróleo) para uso comercial e industrial, Diésel 2, Diésel Premium, gasolinas y Fuel Oil No. 6, para el sector industrial, a excepción de las cuantías domésticas, será determinado en forma mensual por la empresa pública Petroecuador, en base al costo promedio ponderado más los costos de transporte, almacenamiento, comercialización, un margen que podrá definir la indicada empresa pública y los tributos que fueren aplicables”.
En el caso de los transportes de carga pesada con placa internacional, el decreto establece que el precio de venta al público del diésel premium “será determinado mensualmente por Petroecuador, en base al costo promedio ponderado, más los costos de transporte, almacenamiento, comercialización, un margen que dará definir la indicada empresa pública y los tributos que fueren aplicables”.
Además indica que el precio del combustible para este tipo de transportación en ningún caso será inferior a los valores que rigen para los transportes nacionales.
Para la comercialización de combustibles a los transportes de carga con placa internacional, las estaciones de servicio deberán estar debidamente autorizadas por la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH), refiere el decreto.
También dispone que para la aplicación de los controles en frontera, el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (Senae) registrará en línea el ingreso y salida de los vehículos de carga pesada de placa internacional y reportará la información requerida por la ARCH.
No se aplica a embarcaciones de pesca y camaroneras
La medida gubernamental también se focaliza al tráfico naviero nacional e internacional. El precio se aplicará también a las embarcaciones privadas para uso particular y de pesca deportiva, a nivel nacional (de bandera nacional o extranjera), así como al combustible destinado a la locomoción de las embarcaciones extranjeras. Y a las embarcaciones que desarrollan actividades de turismo en las islas Galápagos.
En esta parte se exceptúan las embarcaciones del sector pesquero nacional y camaronero, especifica este documento.
El decreto también contempla tarifas con descuento del 40% del Jet Fuel para las empresas aéreas nacionales de transporte, de carga y de correo que cumplan su trabajo en terminales a cargo de la Dirección de Aviación Civil y también otorga facilidades a las empresas extranjeras siempre que cumplan con ciertas disposiciones (ver decreto).
El mandatario también ponderó las medidas de control que se aplican en las estaciones de servicio de las ciudades de frontera, con lo que se evita el contrabando de los derivados hacia Colombia y Perú y se ahorran recursos de los subsidios.
También señaló que se eliminará la “competencia desleal” que se ejercía desde estaciones de servicio que contaban con la franquicia de la estatal Petroecuador.
No afectará el transporte, ni pesca
“El Decreto 799 no afectará al transporte público nacional, urbano, interprovincial o interparroquial y tampoco al sector pesquero nacional y artesanal”, señaló este viernes en un comunicado la estatal Petroecuador.
Ecuador destinará en 2015 un valor proyectado de 3.079 millones de dólares en subsidios para los combustibles y con el Decreto el ahorro proyectado es cerca de 300 millones de dólares, agrega el escrito.
“Esta decisión no afecta al gremio del transporte nacional, ya que se seguirá manteniendo el subsidio al diésel para este segmento y se continuará entregando combustibles subsidiados a nuestro sector pesquero y camaronero” señaló el ministro de Hidrocarburos, Pedro Merizalde, quien añadió que también los trabajadores de la pesca artesanal, cuantías domésticas (pequeños agricultores, mineros artesanales), así como los transportistas en todas sus modalidades seguirán recibiendo estos combustibles, al mismo precio.
jb/ar