La Presidenta de Chile, Michelle Bachelet promulgó la Ley que reajusta el salario mínimo, la cual es fruto del acuerdo firmado entre el Gobierno y la Central Única de Trabajadores (CUT), el pasado martes 01 de julio.
La medida “representa nuestra convicción en el diálogo como mecanismo de inclusión y fortalecimiento del proceso de transformación que estamos conduciendo, un diálogo que es de cara a la ciudadanía y que permite avanzar con convicción en los compromisos que asumimos en la campaña”, aseguró Bachelet.
Esta nueva ley establece un reajuste progresivo del salario mínimo, con un alza inicial del 7,1% a partir del 01 de julio de este año, que se aplicará de manera retroactiva, por lo que la iniciativa establece que el sueldo piso para los trabajadores chilenos sube de $210.000 (382 US aprox) a $ 225.000 (US410 ) a partir del 1 de julio; $241.000 (US 438) a partir del 1 de julio de 2015; alcanzando desde del 1 de enero de 2016 los $250.000 (US 454).
En esta línea la mandataria afirmó que el Ejecutivo está impulsando una serie de programas de capacitación y formación, con el objetivo de que los trabajadores y trabajadoras puedan tener más herramientas y optar a trabajos con mejores salarios.
Además del reajuste del salario mínimo, el acuerdo firmado entre el Gobierno y la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) establece la creación de una Comisión Asesora Salarial del Mercado del Trabajo, junto al próximo envío de un proyecto de ley sobre Fortalecimiento Sindical y Negociación Colectiva y el establecimiento de un Programa de Fiscalización del Ingreso Mínimo Mensual.
Esta comitiva estará integrada por trabajadores, representantes de la CUT y de gremios empresariales, expertos y autoridades y su misión es emitir en el plazo de 18 meses un estudio sobre la situación salarial del mercado del trabajo chileno, con propuestas para que los ingresos permitan superar la pobreza.
Asimismo la normativa prevé el desarrollo de un Plan Nacional de Fiscalización, a cargo de la Dirección del Trabajo, para garantizar que los empleadores cumplan con las obligaciones legales vinculadas al ingreso mínimo mensual, como el piso salarial obligatorio para jornada ordinaria laboral; la exclusión para su cómputo de los pagos asociados a horas extraordinarias, la asignación familiar legal, de movilización, de colación, de desgaste de herramienta, la asignación de pérdida de caja ni los beneficios en dinero que no se paguen mes a mes. Se pondrá acento en aquellos sectores productivos donde existen más denuncias.